Oficina Nacional del Servicio Civil

 


 


 

Normativa

Ley Nº 18.719 de 27 de diciembre de 2010

Artículo 127.- Incorpórase al artículo 4º de la Ley Nº 15.757, de 15 de julio de 1985, con las modificaciones introducidas por los artículos 22 de la Ley Nº 15.851, de 24 de diciembre de 1986, 38 de la Ley Nº 16.127, de 7 de agosto de 1990, y 17 y 18 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, los siguientes literales:

"O) Instrumentar y administrar un Sistema de Reclutamiento y Selección de los Recursos Humanos en el ámbito de los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional, de aplicación gradual, lo que se reglamentará dentro del término de ciento veinte días desde la aprobación de la presente norma.”…

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